jueves, 23 de julio de 2015

La problemática de los alimentos: el omiso al cumplimiento de un deber judicial (IV)

¿Cuánto cuesta, en dinero un juicio de omisión a la asistencia familiar? En realidad no hay estudios concretos de lo que cuesta un proceso penal en el Perú; empero hay quienes dicen que una audiencia no realizada, una que dura tres minutos, porque no se logra instalar, cuesta más de dos mil soles. Tal monto viene deducido del número de personas que participan: juez, fiscal, abogado defensor, secretarios, asistentes, notificadores, gestores de administración e incluye costos materiales: luz, agua, infraestructura. Una audiencia que no se instala cuesta esa cantidad de dinero.
Una audiencia de juicio oral de omisión a la asistencia familiar dura aproximadamente una hora. Así que, asumamos ese costo. ¿Por qué debemos los peruanos padecer ese precio si el padre irresponsable sabe que –luego de todo el procedimiento que se ha explicado en las entregas anteriores- finalmente va a ser condenado porque se constata que efectivamente no ha cumplido su obligación alimentaria? Tranquilamente podríamos multiplicar ese precio por tres: la audiencia de aplicación de oportunidad y la audiencia de control de acusación, son otras dos que se han realizado para llegar hasta la sentencia final. Y podrían ser más audiencias: si el acusado pese a sentencia, no cumple con alguno de los tres pagos concedidos, requerida de una audiencia de revocación, de similar costo.  En pocas palabras, que el acusado pague la liquidación de alimentos –cualquiera fuera el monto adeudado- le exige al Estado una inversión a pérdida.

El acusado, por su parte también hace su evaluación de costos: Si lo que debe no lo paga ante el juez de paz y, tampoco lo hace en la audiencia de aplicación de principio de oportunidad es porque ese costo le es ventajoso. Si se tiene en cuenta que, la liquidación, esa que llega a manos del fiscal, es de x cantidad y seis o siete meses después, que es lo que se demora para llegar al juez de juzgamiento, no ha aumentado ni siquiera el 10% de ese adeudo, entonces, sigue siendo ventajoso.  La madre, por lo demás, sufre los costos de ambas contrapartes. En primer término porque, si bien el Ministerio Público la representa, en los hechos, poco hace por resarcir los daños que ésta padece. No tiene un abogado que acelere el proceso y, ese es un costo “no resarcible”: el tiempo.

En realidad si lo es. La obligación del imputado es pagar dinero.  Y el dinero tiene un precio. Si alguno tiene una tarjeta y compra –cualquier cosa- a cuotas, en cada oportunidad, la empresa le cobra un interés. Las personas que tenemos la posibilidad de acceder a créditos bancarios sabemos que, la tasa de interés fluctúa entre el 9% y 13% anual. Depende de la entidad bancaria y de la fiabilidad del cliente. ¿Por qué el acusado no paga ese mismo interés? Es más, si el cliente se retrasa una o dos cuotas, en las subsiguientes advertirá que su adeudo ha crecido latamente. Entonces ¿Por qué el Ministerio Público pide tan poquita cosa por los adeudos alimentarios? Vayamos más allá. Si la madre de la criatura desatendida, tiene necesidad de dinero y no tiene acceso al sistema crediticio, acude al mercado paralelo. Un préstamo en el sistema callejero supone el pago de interés mensual de hasta el 25%. Los mismos acusados, cuando son aprehendidos, prefieren pagar esos costos antes que ir presos. Nuevamente ¿Por qué no imponer reparaciones civiles que incluyan un interés del 10% anual contabilizado desde el término de la liquidación? Quizá tendríamos que precisarlo: al 0.8% al mes. ¿En alguna oportunidad el interés podrá superar el 50% del monto primigenio adeudado? Sí, pero la culpa es del propio inculpado que no pagó a tiempo. Imaginemos un préstamo al banco y que por durante un año no se paga ¿De cuánto será la deuda al año siguiente? ¿Le pagas al banco pero no quieres pagar a favor de tus propios hijos?

Sigamos en el tema: ¿En cuántas cuotas debe pagar el adeudo cuando se tiene una sentencia penal condenatoria? La mayor de las veces, y me incluyo, consideramos que la reparación civil debe pagarse de acuerdo a las posibilidades del sentenciado. Lo cierto es que no debe ser así. Atiéndase, en primer término, que mientras que el acusado juega con los tiempos y logra que la liquidación entre a juicio oral con siete meses de diferencia, a la par ya está corriendo otros plazos en el proceso de alimentos que, de seguro, motivarán otra liquidación y, así el proceso penal se convierte en una especie de ruleta rusa, de puerta giratoria, de circulo vicioso, en el que el padre irresponsable juega a fin de tener medianamente satisfecha a la madre y a los órganos jurisdiccionales. En segundo término, debe atenderse a la experiencia: si el acusado sabe, como ocurren en nuestro juzgado, que si no paga el 75% del monto adeudado, se va a ir a Rio Seco, entonces está dispuesto a solicitar el aplazamiento de su juicio 24 horas más a fin de conseguir el dinero y pagar efectivamente. Si la condición para la suspensión de la ejecución de la pena es el pago de ese porcentaje ¿ante el riesgo de perder la libertad no pagarían hasta el 100%? Si el acusado sabe que, se le exigirá del pago del total en un solo chasquido de dedos ¿le quedarán ganas de seguir atrasándose?

Regresemos al asunto de los costos ¿Por qué llegar hasta juicio oral un proceso que podría terminar con alguna de las salidas alternativas previas? El acusado sabe que el Estado no le cobrará costas. La justicia penal es gratuita mientras se efectúa el proceso, pero una vez que éste termina y hay un vencido, como en todo proceso, corresponda que asuma los costos de la pretensión litigiosa. El art. 497 del Código Procesal Penal, claramente señala: “Las costas están a cargo del vencido” y agrega que sólo por excepción se le eximirá de dicho pago.

Pues bien, hagamos que la justicia le cueste a quienes deben soportarla.





martes, 21 de julio de 2015

La problemática de los alimentos: el omiso al cumplimiento de un deber judicial (III)

Si como queda dicho, las políticas estatales –en materia civil- han sido poco fructuosas y si, el problema de las pensiones deriva en la comisión del delito de omisión a la asistencia familiar; entonces, corresponde que, los jueces penales asuman la responsabilidad de “apagar la luz” en el asunto. La imposición de penas debe “convencer” al acusado de que es mejor cumplir con la responsabilidad de pagar las pensiones alimenticias a las que está obligado.

El derecho penal ofrece, en mi entendimiento, las herramientas necesarias. La intención del legislador es asegurar la “asistencia, auxilio y socorro que merecen sus hijos”, entonces la pena a imponerse no debe ser mezquina con dicha intención. La privativa de libertad no es un simple efecto de la comisión del delito. El Código Penal establece que, si la privativa de libertad a imponerse es de “corta duración” (menor a cuatro años), corresponderá evaluar si  puede ser reemplazada por una medida alternativa, siendo dos las más importantes y utilizadas: la suspensión de la ejecución de la pena y la reserva de fallo condenatorio. Estas suponen que el juez califica, en primer término, la conducta delictiva y la pena merecida: las condiciones de realización del delito, las agravantes y atenuantes que se presentan y establece una pena concreta: tal cantidad de meses o de años (por debajo de cuatro años, a fin de que califique como de corta duración), y, en segundo lugar, evalúa, la personalidad del agente para verificar una proyección positiva de su comportamiento futuro.  Logradas ambas condiciones, entonces podrá aplicar alguna de las medidas alternativas señaladas.

La diferencia entre la reserva de fallo y la suspensión de la ejecución de la pena es de grado, pero a la vez, genera distintos efectos. En ambos casos, el juez tiene obligación de definir la pena que el acusado merece y, para el primer caso luego de esa evaluación, el juez advierte la pena pero no la impone. No hay una condena. La parte resolutiva se limita a indicar: “Se impone a fulanito una reserva de fallo condenatorio” En el segundo caso, la pena se dicta en la parte resolutiva, pero a la vez se suspende su ejecución: “Se impone a fulanito xx años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el periodo de…” Los efectos son diferentes: en el primer caso no se genera antecedentes, en el segundo sí. El efecto es una condición importante que debe relacionarse con las condiciones personales del acusado. Si tenemos a un citadino, con estudios superiores, estamos seguros que le interesará más no tener antecedentes, por tanto es más factible imponerle una reserva de fallo condenatorio; pero si nos encontramos ante uno de aquellos que tiene cara de “mejor mi libertad, antes que la cárcel”, la posibilidad de imponerse la suspensión de la pena es mayor. A veces, no es muy fácil deducir, desde las condiciones mismas del sujeto, que medida alternativa imponer. De hecho, el juez no conoce al acusado sino en el momento mismo del juicio oral y, en el caso de la omisión a la asistencia familiar, el juicio no dura más de una hora. ¿Podrá el juez en tan corto tiempo acertar  respecto de la personalidad del agente?  Es evidente que no. Debe confiar en la información que ofrece el fiscal y que ofrece su propio abogado defensor, con lo que, esa proyección positiva de comportamiento puede verse torcida  por la poca información que las partes y que el propio imputado aporta. En consecuencia, hay necesidad de recurrir a otros recursos, que sean objetivos en la definición de ese comportamiento de futuro.

El baremo, para nosotros, es el pago de los alimentos adeudados. Si al tiempo del juicio el acusado ha cumplido con pagar la totalidad de lo adeudado, entonces le imponemos una reserva de fallo condenatorio; si sólo alcanza a pagar el 75%, se le concede una suspensión de ejecución de la pena. Si el pago es inferior a ese porcentaje, se impone la privativa de libertad a rajatabla. En ambos casos, queda pagos pendientes aún: los intereses generados por la demora, en el primero y; en el segundo, además de los intereses, el 25% restante. Los intereses –siempre desde nuestra consideración- se calculan al 10% de cada año de adeudo. Si la liquidación es de enero a junio de 2010, entonces tenemos que deberá pagar 10% por cada uno de los cinco años trascurridos hasta la fecha (si hoy fuera el juicio). Sumados los intereses (indemnización) y el adeudo pendiente (restitución), el monto deberá pagarse en los tres meses siguientes, con la advertencia (regla de conducta) de que si se retrasa en esas cuotas, la suspensión de la pena o la reserva de fallo se revocan y se hace pena privativa de libertad efectiva.

Aun cuando no queda establecido en la sentencia, corresponde que, el sentenciado al finalizar la audiencia sepa no solo lo que antes hemos explicado, sino que, si ocurriera que vuelve a cometer delito de incumplimiento de pago de alimentos, en esa oportunidad futura  ya no se le aplicarán medidas alternativas, sino que la pena será efectiva, independientemente del pago del adeudo. En ese caso, no se trata de adelantamiento de decisión sino de una advertencia del criterio jurisdiccional adoptado, que además, es una exigencia legal. La comisión de otro(s) delito(s), dentro del plazo de cinco años permite que el acusado sea calificado de reincidente o de habitual y, a la vez, imposibilita la aplicación de medidas alternativas tal como reza el art. 57 inc. 3 del Código Penal. Incluso posibilita la agravación del marco punitivo desde las que elegir para el siguiente delito.

La única posibilidad de que el acusado “aprenda” que tiene que cumplir con sus obligación es sabiendo que está en la parte más oscura del túnel. Que el mínimo retraso significa la pérdida de libertad. Quizá deberíamos ajustar las tuercas un poco más. Lo explicaremos mañana.


lunes, 20 de julio de 2015

La problemática de los alimentos: el omiso al cumplimiento de un deber judicial (II)

El asunto de los padres que incumplen con pagar la pensión alimentaria de sus hijos, se convierte en problema penal, en el momento en que el juez de paz dispone que se remitan copias de la liquidación al Ministerio Público. Y esa remisión de copias puede repetirse, tantas veces como se efectúen liquidaciones de pensiones atrasadas. Es decir, que un padre irresponsable puede tener una, dos o más procesos de omisión a la asistencia familiar, que corren de modo paralelo y al mismo tiempo.
El Estado no parece tener una política pública eficiente sobre la materia. El REDAM (registro de deudores alimentarios morosos) apenas tiene anotados a 2421 padres irresponsables y parece ser insuficiente. En un país de treinta millones de habitantes, el número antes indicado es bastante exiguo. Casi que, pareciera que el problema no es tal. Si atendemos que, en nuestro Juzgado Penal Unipersonal de Chulucanas tenemos 150 órdenes de conducción compulsiva por el delito de omisión a la asistencia familiar, entonces tenemos que el 6% de ese total nacional están en Chulucanas, cuestión que no parece razonable. En realidad no todos los deudores morosos están anotados en el registro.
La intención del registro no es solo tener una base de datos, sino que ésta pueda correlacionarse con la central de riesgo de la Superintendencia de Banca y Seguros, con la del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo así como la información de Registros Públicos a efectos de que sea atendida al tiempo de contrataciones laborales, relaciones comerciales con entidades financieras o compras y ventas de bienes inscribibles. En la práctica, la mayoría de omisos son trabajadores eventuales: por lo menos es lo que declaran al momento de presentarse en juicio y, en el caso de que tuvieran un trabajo dependiente, al empleador le importa poco que su trabajador sea un padre responsable.  Lo que más le puede molestar a aquel es que su dependiente esté pidiendo permisos para acudir a citatorios judiciales. Incluso se han visto casos en los que, con el ánimo de congraciarse con el irresponsable, lo saca de planillas y le paga mediante simples recibos a fin de no tener que hacer los descuentos judiciales o tener que responder la correspondencia que el juzgado le pueda hacer llegar.  Al empleador le incomoda tener que hacer descuentos judiciales, anotarlos en planilla y luego tener que enviar a alguien a dar cuenta de dichos depósitos ante el juez. Son costos labores que no está en disposición de soportar. En ese afán, lo hace aparecer como no-trabajador o lo despide de modo real. ¿Es la intención del REDAM dejar sin trabajo a aquel que justamente tiene obligación de ganar dinero para pagar los alimentos?
Atendido el hecho de que la mayoría de los acusados por el delito de omisión a la asistencia familiar son padres con trabajos eventuales o independientes, poco le interesa estar o no registrados en alguna base de datos, pues lo más que pretenden es justamente no dejar huellas de sus ingresos dinerarios para que no sean usados a favor de su respectiva prole. Así, la mayor cantidad de actividades comerciales –dígase compras de electrodomésticos en tiendas- se efectuarán a través de terceras personas: hermanos o la nueva pareja. No suelen tener inscrita ninguna propiedad, con lo que se hace ocioso pedir información a la SUNARP respecto de bienes inscritos a nombre del fulano. Si los hubiera, se registran a nombre de otros hijos, de la esposa o de la madre. Muy pocas veces aparecen a nombre de hermanos, por el mayor riesgo de que sean embargados por el mismo fin pero para cubrir obligaciones ajenas.  Las demandantes pretenden el pago de los alimentos de sus hijos antes que aquellos pierdan sus trabajos o vean recortadas sus opciones laborales. Bueno, también hay excepciones.
Que un moroso en el pago de los alimentos sea anotado en el registro exige un procedimiento adicional. El art. 4 del D.S 002-2007 JUS señala que, para que se efectúe el registro en el REDAM se requiere la parte beneficiada lo solicite, previa verificación de algunas exigencias mínimas: que exista sentencia o acuerdo conciliatorio con calidad de cosa juzgada y que se adeude, cuando menos, tres meses. La solicitud debe ponerse en conocimiento del deudor y, con su contestación o no, el juez dispone la procedencia del registro para cuyo efecto corresponde ofrezca información precisa sobre la materia. Si el asunto exige intervención de la demandante, a esta le supone un costo, aunque sea de tiempo, sin dejar de decir –o de repetir- que no le interesa menguar las posibilidades laborales del padre de sus hijos. En realidad, a la interesada en los alimentos, no parece convenirle dicha anotación.
Esta información no es relevante para el tema del delito de omisión a la asistencia familiar. Es más, cuando el juez de paz remite copias al Ministerio Público ni siquiera le advierte si el alimentista negligente ha sido o no registrado en el REDAM. No es relevante.  Al Ministerio Público le interesa cuando menos: a) la resolución judicial que aprueba la liquidación de la deuda y, b) Que aparezca la constancia de que el acusado fue notificado con la liquidación y/o la aprobación de la liquidación. Con esos documentos empieza el proceso de omisión a la asistencia familiar. Luego del “procedimiento penal” y si la pretensión de la sanción penal es asegurar tutela a los menores que tienen relación filial con el acusado, entonces, corresponde que la judicatura no solo asegure una sanción, sino que por su intermedio “regularice” las omisiones que motivaron la intervención punitiva estatal. Así, cuando el juez penal debe sentenciar no sólo debe asegurar si es que la pena privativa de libertad corresponde a la conducta omisiva, sino si efectivamente permitirá el sancionado como el cumplimiento del deber de asistencia, auxilio y socorro que merecen sus hijos. Por lo pronto, sigue pendiente las preguntas de la primera entrega.


domingo, 19 de julio de 2015

La problemática de los alimentos: el omiso al cumplimiento de un deber judicial (I)

Las personas estamos en constante conflicto. Con nosotros mismos, con los demás. Es posible que no nos pongamos de acuerdo con nuestro socio empresarial en como dividir las ganancias de la empresa, en sí la divisoria de terrenos con nuestro vecino es efectivamente la que aparece en el plano, etc. Acudimos al juez para que defina quién tiene la razón. Que los padres de un niño no se pongan de acuerdo en cuanto dinero es necesario para que hijo asegure su bienestar, es moneda común. La mayor carga de los juzgados de paz letrado es la de alimentos. El proceso de alimentos es uno de los más largos que se pueda imaginar: dura hasta que el “guagua” cumpla la mayoría de edad o, incluso más: hasta que termine los estudios superiores si es que los cursa satisfactoriamente. La definición judicial de alimentos puede dar lugar a otros procesos: aumento o disminución de la pensión de alimentos, variación de modo de concederla, extinción del deber de cumplirla, etc. Aquí, los nombres son lo de menos, salvo para el “difícil” proceso de omisión a la asistencia familiar.

La omisión a la asistencia familiar es un delito. Nace de la desobediencia del obligado al cumplimiento de los alimentos y tiene pena de cárcel de hasta 3 años. Sin embargo, para que el simple conflicto de definir la cuantía de los alimentos se convierta en delito, se requiere que el asunto se haya complicado más de lo necesario. Y entre que se define la cuantía y se dicta una sentencia condenatoria penal, el incumplidor ha tenido largas posibilidades de no agravar su situación. El punto de partida es la sentencia del juez de paz: Allí se le ha ordenar que debe cumplir con pagar una determinada cantidad de dinero en cada mes. Si el padre (o la madre demandada) cumple de modo fiel su obligación, el problema acabó. Esa sentencia es la primera notificación que se le hace de la obligación.

Nuestra ciudad está plaga de sinvergüenzas. Se olvidan de la sentencia y tiempo después el juez le envía una propuesta de liquidación de adeudos. No es otra cosa que, el número de meses impagos por el monto mensual a pagar, que se pone a consideración para que el “angelito” ofrezca alguna solución a la demora o advierta de algún error en la multiplicación o sumatoria. Si el "papá” no dice nada, entonces, el juez aprueba la liquidación anterior y le da tres o cinco días para que pague, bajo amenaza de “remitir copias al Ministerio Público”. Es la tercera oportunidad. Vencidos los días de gracia, el juez cumple la advertencia. Es el momento en que la deuda civil “se convierte” en delito.

El fiscal, bajo la ficción de duda respecto de lo que ha realizado el juez de paz, cita al “jovencito”, no solo para conocerlo, sino también para ofrecerle otra oportunidad. Entonces, en ese momento, si es que el sospechoso así lo quiere, firman un “acuerdo” en el que se compromete a pagar la deuda en cómodas cuotas, pero luego de un par de meses se olvida de la amenaza. La advertencia es: “si no pagas te acuso del delito de omisión a la asistencia familiar”. Al incumplimiento, el asunto va al juez (penal) de investigación preparatoria, en el que de seguro volverá a solicitar otra oportunidad, pero esta vez puede que ese acuerdo quede plasmado en una sentencia, en la que la propuesta es “si no cumples con pagar, te vas a la cárcel”. El acusado, sabe bien que tiene derecho a un juicio contradictorio, imparcial y, sabe que tiene tiempo adicional para incumplir. Así que, se juega la quinta oportunidad: que “su caso” pase con el juez (penal) de juzgamiento. Ya con fecha para el juicio oral, el acusado “fuerza” una sexta oportunidad: no se presenta en juicio, con lo que no sólo genera demora en la “solución” de su caso sino que motiva que la disposición de órdenes de conducción compulsiva y su juzgamiento queda condicionado a que se presente voluntariamente (que son las menos de las veces) o a que sea aprehendido por la autoridad policial. Lograda su captura, y a sabiendas de que ha llegado al final del túnel y de que ya no quedan “ventanas procesales”, pone cara de buenito y dice “Sr. Juez si Ud. me manda preso ¿Quién va a pagar los alimentos de “mi” hijito?” El abogado no se queda atrás: “Sr. Juez si Ud. envía a mi patrocinado al penal no hace más que contribuir con un alumno más en la “Universidad del delito”, pues bien sabemos que la cárcel no resocializa a nadie”. O sea, la culpa del incumplimiento ya no la tiene el padre de la criatura sino el juez de la causa.

Debemos sumar que, en el asunto juega como tribuna la madrecita del acusado, la madre de sus otros hijos y los otros hijos mismos, que se presentan como público, que “se chocan” en el pasillo con el juez, que piden piedad y misericordia para el que no tuvo ni clemencia ni compasión con sus hijos primeros, para el que supuestamente no tiene trabajo y además, es responsable de esa mamá que se presenta con muletas y que mira desde el último asiento con cara de “no sea malito”.

El juez penal, luego de oír a las partes debe sentenciar ¿Corresponde mandarlo a la cárcel o es que debemos buscarle una salida alternativa dado que es un delito que no genera conmoción social? Las penas que son menores a los cuatro años pueden ser reemplazadas por medidas alternativas: la suspensión de la ejecución de la pena y la reserva de fallo condenatorio. Así, el juez tiene tres opciones: a) mandarlo a Rio Seco, b) Condenarlo a prisión pero suspender el cumplimiento de esa pena, c) Reservarle el dictado de la pena misma. ¿Cómo aplicar cada una de esas opciones? Lo veremos en la siguiente entrega.

Galeno

El hombre caminaba con el sol en la cara.  No era muy pesado, apenas había amanecido y, recorría la Panamericana de sur a norte. El sol le daba en la cara, pero apenas se inmutaba de él. Hablaba consigo mismo de sus proyectos comunes con el autor de sus días. Caminó, quizá una hora desde que se despidió del hombre que le entregó la soga que jalaba…

Sería quizá las ocho de la mañana... O quizá, el minutero ya habría sobrepasado la mitad de la esfera del reloj… quien sabe. Llevaba en la mano una soga de cabuya y, del otro lado de ésta, le acompañaba una yegua, vieja, percudida por los años, harto panzona y tambien muy huesosa. Salió de la pista y se metió unos metros en diagonal, hacia una vieja casucha. “Buenos días, papá”, dijo mientras sonreía con sus dientes grandes y sus largas patillas… “Le tengo un regalo”. El viejecito, que ya lo había visto venir, advertido por los alegres ladridos de los perros, lo esperaba en el quicio de la puerta, debajo de una breve extensión de calaminas… salió del breve corredor,  se acercó a la bestia, acarició sus crines, y sonreía… La felicidad le embargaba pero apenas se notaba. “Habrá que alimentarla porque está preñada y también muy flaca”.

Los dos hombres conversaron sobre el cuidado del animal, quien había sido el propietario anterior, las razones de la venta, el beneficio de la compra y hasta de algo de la biografía de su anterior dueño, incluidos el número de hijos y lo bien que le había ido en la vida...“Años que no lo veo a ese hombre, ha de estar viejo como yo”, remató el anciano. El año había sido bueno y, en ese espacio circundante al Cerro Pelao, todavía había pastos, secos pero suficientes para alimentar a otro animal más. Habría que conseguir algarroba para asegurar que la cría nazca en buen estado. Las algarroberas todavía guardaban algo de lo que se recogió en el verano.

Un chiquillo, nieto del mayor y sobrino de recién llegado, presente en la escena, recibió un mandado: “échale agua en la fuente –ha de estar de sed- y amarrala en la sombra”. Cumplida la tarea, dejó al animal bajo un pequeño bosque de algarrobos en las proximidades. También estaba muy alegre por el animal; al fin de cuentas, él también se sentía su dueño. Éste, pese a su pastoril oficio, nunca había tenido un “caballo” como herramienta de trabajo. No recordaba haber montado uno y, en todo caso, su memoria le llevaba a aquella vez en que el tío Augusto lo subió a las ancas del suyo para darle un paseo por la quebrada… también recordaba aquella foto en la que aparecía –muy pequeño todavía- montado en una mula del tío José Escobar… no recordaba la escena, pero tenía la foto. Le gustaba la idea de montar la yegua y ya soñaba con hacerlo, pero le advirtieron que, ya no era prudente porque faltaba pocas semanas para el parir…

Quién sabe si alguna vez el abuelo tuvo caballos entre sus recuas. Los que le habían oído contar la historia de su vida, sabían que vivió por muchos sitios, que su manada de cabras le había permitido vivir durante tantos años y criar a muchos hijos, incluso a los hijos de su padre, que cuando el abuelo era adulto, se le había dado por seguir preñando a mozas que podrían ser, muy bien, sus hijas o mujeres de sus hijos. Había arriado piaras de burros en las montañas llevando mercaderías de granos hacia el Ecuador, se había encargado de alguna mula de carga en esa labor, pero no había más… No se le había oído contar alguna hazaña montando algún caballo. Los chiquillos que le acompañábamos en aquellos días, a lo más, habíamos podido ver entre sus propiedades hasta tres burros a la vez, muchas cabras, algunas ovejas y varios perros. También había gallinas –para los huevos del desayuno- y un gallo, para asegurarse sonoros kikirikikies en las madrugadas.  Sería, para la gavilla de nietos y de bisnietos, el primer cuadrúpedo noble, entre tantos animales.

Minutos después, se abrió la puerta del corral y las cabras salieron en busca de alimento, sería llevadas primero hacia la quebrada –para que tomen agua- y luego las pastarían por los arenales cercanos… No quiso acompañar al viejo en la tarea. Se ofreció en hacer limpieza de los corrales de las cabras, pero la intención era otra: quedarse cerca del animal recién llegado, mirarlo, acercarle algo de alimento… mirarlo otra vez… soñar con el potrillo que nacería, con cabalgar encima de ella… Quién sabe si ese animal tuvo un nombre, pero esa tarde, tres o cuatro chiquillos llegaron animados por la curiosidad… se ofrecieron al abuelo en llegar todos los días para ayudar en la alimentación, llevarla a la quebrada para darle de tomar, juntarle paja seca o traer algarroba… en fin lo que fuera necesario. Hasta para la confección de los aperos… “Ah muchachitos estos… en quince días hablamos. A ver si les quedan ganas. La emoción les gana… jajajaja”.

Efectivamente, la contentura y la emoción se fue apagando con los días. El alimentar el animal se convirtió en carga y costó algunas lágrimas y reniegos. Pero una tarde, uno de los chiquillos le dijo al abuelo que el animal estaba intranquilo y, que tenía un líquido por entre las verijas… El abuelo, se acercó al animal pero minimizó la noticia y, mando al par de churres amarrar los burros hacia el otro extremo del pampón. No dijo más, y como ya se acercaba la noche, les invitó un poco de café y unos panes tiesos con un poco de chancaca. Luego les contó una historia de aquellas que siempre repetía y que a la vez, siempre gustaba, invitándolos a dormir, porque el día siguiente habría trabajo. Y efectivamente lo hubo… Antes del amanecer, los perros ladraban hacia el lado del animal… ladraban alborozados...

En la vida no todo es trabajo y, en todo caso, este siempre tiene sus recompensas. Las primeras luces del alba nos mostraron –y con la ayuda de una linterna- un pequeño y endeble potrillo, que aprendía a sostenerse por si mismo… caminaba apoyándose entre las patas de la madre, buscaba sus ubres y ésta la empujaba con la cabeza, invitándolo a caminar por si mismo… Había nacido el esperado…  El abuelo revisó que todo estuviera bien. Cogió al pequeño potrillo, examinó sus patas y la ruptura del cordón umbilical… le hecho un poco de grasa, para auyentar las moscas y, le dio una palmada obligándolo a correr. Sonreía. Sus dientes pequeños mostraban su alegría. “Todo está bien. Habrá que cuidarlo y en algunos días sabremos si tenemos un miembro nuevo en la familia". Horas después, el animal se atrevía a correr alborozado con el ladrido de los perros. Era el primer potrillo y decidimos que tenga un nombre.  No sé como ni porque, ni quien lo propuso pero convinimos -sin mayores requiebros- que “Galeno” sea su nombre. Una madrugada de junio nació.

sábado, 18 de julio de 2015

DesastrE

Era un poco menos del mediodía de ese día. El sol era tan ardiente que era mejor cobijarse bajo alguno de los algarrobos que adornan el campo universitario udepino… apenas habíamos empezado el año académico… quizá no se habría aún inaugurado, pero alli estábamos: sentados en ese par de algarrobos que se asentaban a pocos metros de la puerta de entrada a la biblioteca. Era el tercer lunes de marzo de 1998. Conversabamos sin mayores preocupaciones; casi, que todavía nos saludamos contando nuestras vivencias vacacionales… de pronto un murmullo que salía desde el interior de la biblioteca nos invadió… mirábamos desconcertados que un buen número de sus ocasionales inquilinos salían con caras de preocupación… la noticia llegó antes que la pequeña mancha juvenil: “El punte Bolognesi se ha caído” dijo uno… “Hablas huevadas” replicó alguno de los nuestros, mientras que otros incrédulos, lanzaban preguntas que pretendían desvirtuar la realidad: se sabía que era hora punta, que era tiempo de vuelta a casa de los escolares, del descanso de media jornada, de los colectivos línea roja en su mejor momento… Y la intranquilidad hizo de nuestros pechos su asiento… se tomó un poco de agua de lluvia y sonreía…

Una alumna de ingeniería, mientras caminaba hacia el estacionamiento, confirmó la noticia. Radio Programas del Perú lo había anunciado y, en el cielo un par de helicópteros militares se veían a lo lejos. Nos subimos en nuestra Honda CT-70, una pequeña motito, y enrumbamos hacia el punto central de la curiosidad, de la noticia. La gente, en medio del camino, en los semáforos no solo conversaba del hecho sino que mostraban su preocupación por sus familiares: aquellos que se dedican al mototaxi; por sus hijos, todavía escolares, que debían cruzar el río a esas horas. Los teléfonos públicos tenían colas de personas que deseosas e intranquilas esperaban su turno para llamar… Muy pocos, en esos días, tenían telefonía móvil. El tráfico era difícil, pero en una moto pequeña, mi amigo y yo, pronto pudimos atravesar con cierta rapidez la Sánchez Cerro, seguimos por la Cuzco, hasta llegar a la Plaza de Armas… La gente se miraba entre sí y conversaban con angustia, se les notaba en sus gestos, en sus movimientos de manos... pudimos estacionarnos al lado de Correos de Perú… y corrimos hacia la orilla del río veleidoso. La gente estaba adosada sobre el muro de contención y otros, como moscas, se adherían a las barandas de los extremos del llamado Puente Viejo… de lo que quedaba de ellas, pues días atrás también se había caído. También habían gentes en lo que había quedado del Bolognesi… la policía y los bomberos hacía lo imposible por sacar a la gente que aun trepada en el concreto, oteaba las aguas en busca de sobrevivientes. Desde las intesección Moquegua con Tacna las calles estaban cerrados, los ululares de las sirenas y el ruido de los helicópteros, así como unos botecitos a motor hacía las búsqueda por las inmediaciones, surcaban las aguas, varios hombres valerosos peleaban con las aguas, atados a cuerdas y en inflables –conseguidos en una llantería vecina… No había mucho que hacer… mirar y elevar plegarias por si hubiera un dios desocupado que se encargue de ellas.

Éramos alumnos de derecho y alguna vez habíamos entrado a las instalaciones del Poder Judicial. En esta oportunidad, conocimos el último piso. Allí sobre sillas viejas nos elevamos para mirar mejor las dolosas escenas: se había caído la parte media del puente, justo poco antes del medio día. Un hombre viejo, sentenció: “Y pensar que cuando tenía 20 años fui ayudante en la construcción de ese puente…” Relató que fue construido en el año 1968 y que ahora, a sus 51 años de vida, lo veía morir… A todos nos dolía su derrumbe pero más que se hubiera llevado consigo a una combi llena de pasajeros…Contó acongojado, aunque sin muchos oyentes, que la empresa constructora era “Woodman y Mohme Contratistas Asociados” y que trabajó para ellos, ya en la parte final “cuando se construían…” No terminó de decir lo que quiso… porque todos exclamábamos vivas de alegría, uno de los balseros había sacado a una niña… otros hombres jalaban una cuerda.

Las gentes que se habían quedado en el mismo puente, aun con el temor de que pudiera derrumbarse lo que de él quedaban, señalaban los lugares donde podían estar los vehículos caídos… De hecho, los curiosos tempraneros decían que un tico se había ido como botecito y que lograron sacar al chofer y dos pasajeros con vida… finalmente, luego de varios metros el vehículo fue tragado por las aguas. Con el transcurso de las horas, la esperanza se ahogaba en las turbias aguas del río loco… se llevaba 20 vidas y, las gentes empezaron a buscarlas en su orillas en las partes más bajas del cauce… algunos caminaron hasta el puente Independencia… la gentes volvieron a sus actividades, llegó la noche, el nuevo día amaneció…  Una mujer, acompañada de los suyos caminaba por las orillas, su hijo no había sido hallado… Un manto de luto cubría la ciudad.  La muerte le hizo compañia a la intranquilidad colectiva...

Un angel en la entrada norte del viaducto nos recuerda tan nefasto día.

Identidad

Se encontraron en su pueblo. Habían regresado a las casas maternas por el fin de semana largo. Cada quien por su lado, pero allí se encontraron. En realidad, no habría nada de extraño en ese casual encuentro si no fuera por los acontecimientos de esa noche. No obstante la fecha se ha perdido, quizá hayan pasado diecinueve, veinte o veintiún años… Lo único que se sabe es que sus protagonistas ya tenían documentos de identidad –libreta electoral, se llamaba en esos días- y también licencia de conducir -brevete, en el lenguaje de la época-.

Habían estudiado la educación básica en los mismos centros educativos, pero no tuvieron ocasión de hacerse amigos en sus días infantiles o de adolescencia. Se hicieron patas cuando uno de los dos hacía los primeros años de la universidad mientras que el otro egresaba de ella… Fue en los tiempos de la universidad cuando se hicieron amigos; quizá con ocasión de haber sido inquilinos de la misma mujer que arrendaba cuartos a jóvenes universitarios. Aún con todo, la diferencia cronológica entre ellos, apenas llega a algo más de once meses. Once meses y doce días, para ser exactos. Sobre eso, tan seguro como de que existe un Dios en los cielos…

 Si. Les une el mismo terruño originario, las mismas escuelas, la misma universidad ¿Qué hacía la diferencia del encuentro de ese día? Era un domingo. “Un domingo cualquiera” (parafraseando parte de una esperanzadora publicidad televisiva) en el que el atardecer apenas se había perdido en el horizonte donde el sol se había echado para descansar en medio de las aguas marinas. Allí se encontraron, en medio de la Panamericana, esa larga y extensa cinta vehicular que conduce a todos lados. Luego de saludarse, uno preguntó:  “¿Te vas a Piura? Umhh… sí, pero más tarde, en alguno de los buses de Tumbes… –Estoy en carro y salgo en media hora, aviso ahh. – Ah ya, vamos pe. Eso fue lo relevante de esa “conversa”.  Luego, de hacer lo necesario en el tiempo más breve, salieron en el auto del mayor de ellos. De alguna huevada conversarían, porque no hay recuerdos de nada de lo que pudiera haber sido el tema de conversación. Se han hecho las averiguaciones y nadie da información que sea útil… ¡Qué más da!  En uno de los siguientes poblados, el conductor ingresó por algunas de las calles que no eran necesarias para la ruta que pretendían hacer… “Vamos a ver que hay un baile”, dijo, como mejor justificación. Efectivamente, había una fiesta popular en la Plaza Mayor. Luego de buscar el mejor lugar para mirar, una chica se acercó y saludó al conductor nocturno. Miraron un rato el baile, mientras que los tres conversaban animadamente… No. En realidad, el interesado conversaba con ella y el otro hacía de campana. ¿Campana? Campana quien sabe de qué, pues finalmente estaban en medio de una plaza llena de gente, de personas de todas las layas, bailando gozosamente, entrados en copas, algunos… Un pata le invitó al “campana” un vaso de cerveza, diciéndole reconocerle de un concurso de matemática escolar que se había celebrado cuatro o cinco años antes. Así parecía ser: algunos años antes, los mejores alumnos de la provincia se habían reunido para ver quién era más rápido en resolver los problemas que un desconocido –en aquellos días- Coveñas Naquiche, proponía como necesarios para los alumnos del cuarto y quinto de secundaría.  El muchacho aceptó el convite, se tomó un vaso de cerveza y prontamente se escabulló apurado entre el gentío. No estaba para acompañar a quien ya llevaba varias cervezas en el buche… Quizá pasaron 20 minutos y decidieron partir. El destino final todavía estaba a dos horas de camino.

No se sabe cómo ni el por qué, pero la amiga de esa noche se convirtió también en pasajera.  – “¿Sabes manejar?” preguntó  el conductor. “Si”, le contestó el inquirido, y, sin más, cambiaron los asientos. Para ser honestos, dejó de ser el copiloto y se convirtió en “chofer de limosina”… Nunca antes había manejado, pero por el bien de todos, era mejor que así lo hiciera. Cruzaron varios otros poblados, cuando de pronto, en la distancia, desde una parte alta de la carretera, divisaron varias luces de colores: Dos o tres camionetas policiales tenían detenidos a dos o tres autos y a un enorme tráiler, cargado de cañas de Guayaquil.  “Puta madre… nos jodimos”  se dijeron entre sí. La distancia no era mucha y detener el auto -digo la limosina- para cambiar de conductor sería la mayor evidencia de la falta. El muchacho nunca en su corta existencia había manejado autos, por lo menos, no en carreteras abiertas y, en consecuencia, nunca un policía le había pedido documentos… ¡Carajo!.

Los amigos son los amigos… tampoco es que debían exponerse a que condujera el vehículo quien pretendía “juguetear” con la acompañante… Era preferible que se dedicara a una sola cosa, mientras que el otro tomaba el timón con las dos manos. Era lo mejor… cincuenta mil días después, cuenta uno de los protagonistas, era lo más conveniente. El inconveniente es que nadie pensó que un domingo a las diez de la noche, hubiera un operativo policial en medio de esa desolada carretera. Intentaron pasar a velocidad media, casi sin mirar a los costados. El silbato policial se dejó oír y un policía hizo señal para que estacionaran… “¿Huimos?” –“No huevón… para no más. Enciende los intermitentes de estacionamiento… El botón rojo.”, fue la breve conversación en los pocos segundos posibles y con voz entre dientes, mientras por encima del hombro le alcanzaba su identidad y su licencia de conducir… Medio temeroso, el aprendiz de conductor cogió los documentos y se estacionó delante del camión. Las luces altas del mismo les daban en la espalda e iluminaba lo que por delante del camino había, exponiendo contra la berma las siluetas de sus cabezas y de su propio vehículo.  El policía, mientras se sacaba el kepí, pidió, casi sin hablar, los documentos…  Bajó el vidrio y, con temor entregó los dos carnés y, mientras que, la autoridad miraba con detenimiento, dijo de modo imperativo: “tarjeta de propiedad”. Mientras el muchacho tembloroso la buscaba en la cajuela, el policía preguntó que a donde iban… “Un ratito”, le dieron como respuesta, mientras trémulo entregaba el documento solicitado: “Somos universitarios y mañana empiezan los exámenes finales…” El policía volvió a mirar los documentos con detenimiento… los golpeó contra su mano y dijo: “Son hermanos… bueno… sigan no más. Cuidado con la llovizna que puede empeorar”.

El novato –como pudo- puso “primera”  y salió con el motor medio tartamudeando, pero salió... Luego de unos metros, reían a carcajadas por el susto, era una risa nerviosa en la que se confundía también la felicidad… Las luces del carguero posterior impidieron que el policía viera con claridad si coincidían la cara del conductor con la foto de los documentos presentados y… “los hermanos” a los que hizo referencia,  no eran los que iban detrás (es más seguro de que se diera cuenta de que no…) Hacía mención a los datos consignados en la tarjeta del conductor y a la licencia de conducir del supuesto conductor. Rieron durante todo el tiempo que faltaba del camino. La llovizna les acompañó hasta sus casas.

La proximidad al destino era inminente. “Ya carajo, maneja tú” dijo el inexperto conductor.  Unos minutos después se apeaba en la casa donde era inquilino. “Nos vemos pata”, le dijeron como despedida... "Duerma que mañana hay exámenes", contestó… medio en broma, medio en serio. 

¿Dormiría el fulano? Esa es la interrogante.

Visiones

"¿Crees en las cosas de más allá de esta vida?", preguntó... Y la interrogante se vestía de gravedad. "¿Crees?", repitió...