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martes, 6 de octubre de 2009

Aprendiendo caligrafía...

Si Ud. desea hacer un curso de post grado en caligrafía, inscríbase en la Escuela de Posgrado de la universidad pública de nuestra ciudad. Hace unos meses se inició el IV Programa de Doctorado en Derecho; el tríptico con que se anunciaba no hacía mención al curso pero sí que existe y tiene el nombre de “Filosofía del Derecho”. El profesor del mismo, un congresista de la nación, de quien prefiero no recordar su nombre.
La libertad de cátedra, reconoce el derecho a la libre transmisión del saber y le garantiza al docente, dentro de la autonomía e independencia que supone la investigación y la enseñanza, la libertad de elegir y aplicar los métodos, procedimientos y tratamientos conducentes a la adquisición, exposición y trasmisión de los conocimientos a los posibles receptores o educandos, dentro de los límites que exige los derechos y libertades de la persona. Así lo ha establecido el Tribunal Constitucional en el expediente 2724-2005-PA. Sin embargo, concede más: “la libertad de cátedra supone reglas o métodos de carácter subjetivo de libre formulación y elección de cada docente o catedrático”, destinados a una mejor recepción y aprehensión brindada a los educandos.
En términos prácticos, el profesor tiene derecho a expresar las ideas y convicciones que asume como propias en relación con la materia propia del curso, e inclusive -conforme a la currícula de la universidad en mención- tiene libertad en las formas de calificar a los alumnos respecto de los temas impartidos. El límite a dicha libertad está constituido por los derechos y libertades de los otros, de aquellos que se sujetan como discentes del curso.
Entre otros asuntos referidos a las formas en las que se ha de ofrecer un curso de post grado, si se considera estimable, son los formatos de presentación de trabajos, el valor de las intervenciones en clase, el porcentaje de asistencias a las sesiones ofrecidas, etc. Sin embargo, corresponde a la Universidad señalar de que modo dichas circunstancias pueden modificar o alterar la evaluación del discente, o –en su defecto- al profesor al tiempo en que se presenta el primer día de clase. Tales condicionamientos son como las reglas de juego a las que se someten las partes si están interesados en alcanzar cierto grado de perfeccionamiento académico.
Remitiéndonos a la filosofía del derecho, al que hacemos referencia podemos advertir, siguiendo a Del vecchio, que ésta se define como “la disciplina que define al derecho en su universalidad lógica, investiga los fundamentos y los caracteres generales de su desarrollo histórico y lo valora según el ideal de la justicia trazado por la razón”; por lo que bien podría hacerse un análisis filosófico de los distintos textos que el hombre puede haber realizado, dígase códigos normativos, libros religiosos, libros de literatura, cuentos infantiles, etc. Es posible hallar en ellos, aunque el autor no lo pretenda, algún concepto de justicia, orden social, ley, derecho, que pueda ser evaluado a la luz de la filosofía. De allí que, pueda entenderse que, dentro de dicho curso se mande (recomiende, sería mejor) leer textos como “La Política” de Platón, “La granja de los animales” de G. Orwell, o “Páginas Libres” de Gonzáles Prada.
El tema se tergiversa y desvía de la perspectiva pedagógica cuando lo accidental se convierte en substancial y lo contingente en necesario. En el caso específico, el profesor de la materia, asume como métodos de evaluación: un examen oral, el análisis filosófico de un texto asignado y la asistencia a clases. Parecería que, todo es normal y razonable, sin embargo, el incumplimiento de la asistencia a clases no se traduce en disminución de algún porcentaje en la evaluación final, sino en la obligación de realizar simples transcripciones manuscritas (de puño y letra) de textos completos como las obras de Platón: el Critón o la Apología de Sócrates o alguno de los evangelios, de preferencia el de San Mateo. Parece absurdo, más todavía, si la evaluación se sujeta a que sea cuatro o más –según le plazca al profesor- los manuscritos a presentarse. El incumplimiento del absurdo da lugar a la necesidad de “repetir” el curso.
Si se lee la página electrónica del post grado, el objetivo es el de “mejorar la calidad y promover excelencia, investigación, proyección hacia la sociedad, y además impulsar la relación universidad – empresa junto a los ideales y valores éticos que tienen que transmitirse y difundirse en la Universidad”. La pregunta es: la trascripción mecánica de textos, ¿tiene algún indicio de racionalidad o empatía con la pretensión del curso o los objetivos del postgrado? Testigo de que algunos de mis colegas cumplieron la “plana”, prefiero renunciar a continuar con el “jueguito de hacer estudios doctorales”. Debo ensalzar a mi profesor de la primaria, que me enseño a dibujar las vocales y las consonantes.

sábado, 5 de julio de 2008

A mi profe... con mucha gratitud

Laurence Chunga Hidalgo
Abogado

No recuerdo como fuimos presentados… quizá de forma no muy agradable. No lo recuerdo. Sin embargo, aun tengo en mi memoria su voz potente como la de un trueno y la seriedad de su rostro. La cara de pocos amigos frente a sus alumnos inspiraba reverencial temor. Era 1979 y en ese salón de primer grado en el centro educativo 14918 Tupac Amaru, probablemente nos hallamos congregados alrededor de cuarenta remedos de gente, gritones y parlanchines, pero ante su voz, el desapacible griterío infantil se convertía en beatífico silencio, necesario para escuchar las clases en las que la sumatorias de vocales y consonantes nos permitían conocer gráficamente aquellas palabras que a cada rato repetíamos.
Desde muy temprano, con una regla T en la mano, trazaba líneas horizontales paralelas a lo largo de su fiel pizarrón y dibujaba las letras que nosotros repetíamos en nuestros cuadernos “loro” y que, al día siguiente debíamos traer debidamente aprendidas, luego de repetirlas monótonamente a lo largo de las hojas de nuestros cuadernos. En el extremo izquierdo de la pizarra con distintos colores y en letras de tiza se dibujaba un abecedario completo en el que se distinguían las mayúsculas de las minúsculas y los números del cero al nueve. Como el ave maría del amanecer, el primer rato de colegio se le dedicaba a la dichosa tabla de letras. Ay de aquél que se equivocara en el nombre de alguna grafía. Umh… mejor no lo cuento. A ese cuadro de letras, luego se le sumó las tablas de sumar, luego las de multiplicar, luego las de dividir, pero éstas eran de paporreta, no estaban escritas, salvo en la memoria de cada quien.
Con las primeras letras aprendidas, con el inseparable libro coquito, aprendimos las primeras poesías, los primeros trabalenguas, las primeras adivinanzas. Ah, también a contar las bolinchas con las que jugábamos en los recreos y a sumar los goles que cada equipo metía en los partidos de fulbito. Pero no fue suficiente, al primer año ya debía saber leer y escribir… así fue.
Y nosotros que pensábamos que todo estaba dicho, al año siguiente en medio de esas líneas horizontales que nunca abandonaron su pizarra negra, se escribían las cosas relativas a los cursos de lenguaje, matemáticas, ciencias naturales, ciencias históricas sociales y no se que otro curso más. Allí también se escribieron algunas canciones que nuestro profe nos enseño: Payande, Jesucristo, Mi Perú, etc. La educación física no se escribía sino que se hacía con la ligereza de nuestras piernas por correr detrás de una pelota y con la habilidad de otros dominándola.
Fue un muy buen profesor. Con un trozo de madera en la mano se enfrentó a nuestra desidia por aprender y las palmas de nuestras manos fueron dolientes testigos de nuestro infortunio frente a la lección no aprendida. Pero más allá de ello, era nuestro amigo: secó nuestras lágrimas si nos tocaba llorar y se quedó algunos minutos más para explicar y volver a explicar aquello que no se entendió. También nos reprendió cuando alguna travesura hacíamos o cuando nuestras mamás le contaban aquellas otras historias que se escribían en el seno de nuestras casas.
En aquellos días, por lo menos en los primeros años de la primaria, acudíamos de mañana y tarde al colegio y nuestra tarea no se reducía a la elaboración de los ejercicios y tareas que nos pudieran dejar en cada curso, sino que además suponía la trascripción de lo que habíamos escrito en nuestro cuaderno de borrador Si lo recuerdo. Cada chiquillo en su maletín –creo que las mochilas aún no se habían inventado- además de sus cuadernos debía tener un “block”, un cuaderno de borrador en el que escribía lo que el profe escribía en la pizarra. Añádase que debíamos tenerlo aprendido.
Y así se escribió nuestra historia en la educación primaria. Y fue así porque nuestros padres confiaron en él…y él así quiso que fuera. Y después de treinta años, confirmo que la decisión fue acertada. Muchas gracias profesor “Rubio”… Estoy seguro que sí volviera a mi niñez y si de mi dependiera, volvería a ponerme en sus manos. Buena parte de lo que ahora he alcanzado se lo debo a Ud. Gracias profesor Santos Nicolás Peña Valladares… Muchas gracias. Y con él, extiendo mi saludo a todos los hoy celebran su día: Feliz día a todos los maestros del Perú.

lunes, 19 de mayo de 2008

La remuneración de los profesores contratados

Laurence Chunga Hidalgo
Abogado
En esta tierra bendita que nos ofrece la luz del sol y el pan de cada día, pareciera que el Gobierno se olvidó de cumplir con sus promesas respecto de los profesores (en especial, los contratados) a quienes durante los últimos meses les han enrostrado epítetos de tan grueso calibre como “brutos”, “ociosos” y “comechados”. Muchos de éstos, antes que dedicar sus horas a la atención de sus tareas domésticas o, quizá el tiempo que requiere la preparación de sus clases o, talvez, la corrección de los exámenes de sus pupilos, tienen que salir presurosos y agitados de sus centros de labores para mendigar lo que por derecho les corresponde: su remuneración. Sí. Así ocurre en nuestros días, luego de sus labores, -a pleno sol del medio día- los docentes contratados tienen que robar el tiempo a sus tareas cotidianas para visitar de forma forzada las oficinas de la Dirección Regional de Educación, específicamente, el área de remuneraciones, a tentar si sus nombres aparecen en las nóminas de los suertudos que, a fin de mes, recibirán el pago por el trabajo realizado.

La Constitución Política del Perú si bien expone el derecho-deber del Estado de procurar la evaluación, capacitación, profesionalización y promoción permanentes de los docentes, ello no es justificación suficiente para que los maltrate de la forma como lo hace. Reza el art. 24 de la Constitución: “El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente que procure para él y su familia el bienestar material y espiritual”. Y sigue diciendo: “El pago de la remuneración y de los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquier otra obligación del empleador”. La lectura de lo expuesto quizá genere en ellos, en algunos, un esbozo de sonrisa caprichosa que disimula su desazón, en otros, impotencia expresadas en lágrimas reprimidas y llanto que se ahoga en sus gargantas. Es probable que a más de uno, aquello de “se está gestionando un crédito suplementario o transferencia de partidas para cumplir con todos” no es más que un “engaña muchachos”:

Nos preguntamos ¿Por qué gestionar un bono suplementario? ¿Es que, al tiempo en que se discutió la Ley del Presupuesto para el sector público para el año 2007 o el del 2008 (téngase presente que muchos profesores impagos aún se encuentran reclamando remuneraciones del año pasado y otros, del año pasado y de éste también, un tercer grupo, sólo de éste año) la Dirección Regional de Educación no conocía cuantos profesores necesitaba para el año lectivo correspondiente? ¿Tanta ineficiencia hay en dicha heredad?. Lo más probable es que nos respondan: “no, lo que pasa es que aún no nos ha sido trasferido el dinero con que se cuenta para remuneraciones”. El asunto es claro: el presupuesto ya fue destinado. La pregunta es ¿Dónde está el dinero que fue reservado para remuneraciones de los profesores contratados? ¿Fue utilizado para otros gastos? Es muy probable que sí. Especular respecto de la utilización de los recursos del canon petrolero con fines remunerativos es también una mentira más.

La salida a tal entuerto administrativo está sólo en manos de aquellos que lo han fabricado. Que pongan el pecho y asuman sus responsabilidades. Los profesores afectados tienen dos alternativas: usar la vía de la protesta social (marchas pacíficas, paralizaciones, huelgas) o la de acudir al poder judicial a fin de por medio de la coerción jurisdiccional se vean compelidos a cumplir con aquello que la Constitución enuncia: “Ninguna relación laboral (ni siquiera aquella que se tiene con el Estado) puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador”. Y los profesores recuerden que la Carta Magna también dice: “Nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución”.

P.D.- Si a algún funcionario o funcionaria de la Dirección Regional de Educación luego de leer esta breve nota le da escozor en la piel, desazón o enfado por la labor mal efectuada, renuncie. De seguro hay otras personas que lo pueden hacer mejor.
Publicado en diario El Tiempo, Piura, 21 de mayo de 2008.

viernes, 21 de marzo de 2008

DESILUSIONES DE LA EVALUACION DOCENTE

Laurence Chunga Hidalgo
Abogado
Los resultados de la evaluación de conocimientos a los profesores que postularon a una plaza al Estado ha desilusionado al país. Nos enfrenta, nuevamente, con la realidad. Hace mucho tiempo que se viene diciendo que la educación peruana está en crisis y, después de la evaluación censal del año pasado, se denunciaba que el 85.7% de profesores del Estado no podían resolver operaciones matemáticas elementales y que el 48.5% no comprende lo que lee. En consecuencia, la esperanza que el examen de postulación del pasado 09 de marzo fuera positiva, se quedó sólo en eso, o lo que es peor, fue un sueño del que, hasta los propios postulantes, han despertado para reconocer que la formación de los profesionales de la Educación es también parte del problema.
Los que aprobaron la primera fase de la evaluación apenas representan el 0,079% de los 189 118 que se presentaron al examen. Y ese desnutrido porcentaje se contrapone a todas las posiciones que desde las distintas instituciones ligadas a la educación se han vertido en los últimos tiempos y ha tumbado algunas míticas verdades que, sin mayor sustento se sostenían.
Desde el ejecutivo, por ejemplo, casi con terquedad, se planteaba que la única forma de garantizar una plana docente de calidad era permitiendo que sólo fueran contratados aquellos profesores que se hallaren dentro del tercio superior del cuadro de méritos promocional. La presión ejercida desde los gobiernos regionales y la Defensoría del Pueblo obligó a que el Ministerio de Educación, sin que se convenciera de ello, reconsiderara la medida. Sin embargo me pregunto: De los 189 mil y tantos postulantes ¿Cuántos pertenecían al tercio superior? Debo suponer que esos 151 profesores que pasan a la segunda fase no representan el universo de ese “tercio superior”. Es más, es muy probable que entre ellos, muchos no hayan pertenecido a ese grupo “elite”, así como es muy grande el número de docentes que con su respectivas certificaciones de pertenencia a la “crema y nata” de su promoción se quedaron con los “crespos hechos” porque ni siquiera han alcanzado el 11 que se requiere para el “repechaje” de mediados de año. En consecuencia, si el Ejecutivo no estaba convencido de la naturaleza discriminatoria que suponía tal requisito, alégrese de haberlo eliminado por que no era un parámetro objetivo para garantizar que la educación peruana pueda alcanzar estándares internacionales de calidad.
Un segundo mito se deriva de la supuesta mejor formación que ofrece una universidad frente a la que ofrecen las instituciones de educación superior no universitaria (pedagógicos), lo que deriva en la rivalidad existente (ahora, hasta inconsistente) entre el docente con titulo de “profesor” y el que ostenta el grado de “licenciado en educación”. Hasta la saciedad se ha denunciado que la proliferación de pedagógicos de gestión privada -permitida en la década pasada- es una de las causas de la mala calidad de los docentes nacionales. Si cogemos el exitoso 151 de aprobados y, aún cuando todos fueran egresados de universidades –públicas o privadas- no es un número significativo que garantice que las universidades ofrecen mejor formación que los institutos de educación superior no universitaria. Por tanto, los centros de formación de profesores, cualquiera fuera su naturaleza, tienen su cuota de responsabilidad en las consecuencias negativas de ésta evaluación. Es menester indicar que, si el número de aprobados se los adosáramos a los centros pedagógicos, el resultado sería peor que el citado, pues, al parecer, son más los profesores que egresan de estos centros que de las universidades. Es mucho mayor el número de pedagógicos que el de facultades de educación adscritas a una universidad.
El SUTEP por su lado eleva las banderas de las expresiones políticas para indicar que el examen ha sido una trampa para presionar a los profesores del país. Lo único cierto es que hace mucho tiempo se halla desacreditado. Finalmente, los propios postulantes: bajo el favor de la duda, presumo que cuando menos la mayoría se preparó concientemente respecto de los contenidos y competencias exigidas para la evaluación. El tema es: ¿Tan pocos lograron, el 4.5% del total de examinados, asumir los temas importantes dentro de los contenidos y competencias exigidas?. Ello supone calidad en el discernimiento e inteligencia para definir aquellas cosas que son importantes. Lo demás ya fue les dado. Sólo me queda solidarizarme con aquellos que su vocación de maestro les permitirá superar la experiencia vivida.

miércoles, 27 de febrero de 2008

LA EDUCACIÓN… UN DOLOR DE CABEZA

Laurence Chunga Hidalgo
Abogado
Luego de los ires y venires que ha supuesto la aplicación de la norma del tercio superior como requisito indispensable para ingresar a la carrera publica docente, en desmedro de otras capacidades distintas de las estrictamente cognoscitivas, las aguas han vuelto a la calma. La revisión de la norma y el mandato de su inaplicación supera la discriminación que suponía. No obstante, los padres de familia tienen otras preocupaciones: los costos de la educación.
El representante del Defensor del Pueblo en nuestra región, en estos días se ha dedicado a verificar si la gratuidad de la enseñanza es un derecho constitucional que efectivamente se plasma en la realidad de los piuranos. Las inscripciones, matriculas, pagos de AMAPAFA, gastos administrativos; además de costos de infraestructura y servicios, son gastos que están más allá del enunciado constitucional pero que se hacen necesarios para que, efectivamente, nuestros menores puedan alcanzar cierta comodidad al tiempo en que reciben las enseñanzas del profesor.
En clara desconfianza a la educación que presta el Estado –por la desatención a sus profesores, por su ausencia respecto del cumplimiento de sus obligaciones en los servicios básicos (agua, energía eléctrica, etc.), por el peligro que supone la infraestructura en la que se presta el servicio educativo y por un largo etcétera- buen número de familias, en ejercicio del derecho constitucional de la libertad de la elección de los centros educativos, prefieren los de gestión privada y, respecto de éstos, las posibilidades de designación son variadas atendiendo, siempre, a los intereses respecto de lo que más conviene a los hijos.
La atención primera en la que los padres suelen fijarse para disponer la matricula de sus hijos en un centro educativo es el nivel académico que ofrece y la contraprestación económica que supone. Sin embargo, es también necesario atender a otros indicadores importantes: ideario institucional, prácticas religiosas familiares, cercanía y accesibilidad a la institución educativa, idiomas que ofrece, actividades extracurriculares, infraestructura, etc. En cualquier caso, y para mejorar las posibilidades de elección, según la Ley 26549, el centro educativo tiene obligación, en primer lugar: de establecer la línea axiológica que regirá su centro dentro del respecto a los principios y valores establecidos en la Constitución; la duración, contenido, metodología y sistema pedagógicos del plan curricular de cada año o período de estudios; los sistemas de evaluación y control de los estudiantes; la dirección, organización administración y funciones del centro; los regímenes económico, disciplinario, de pensiones y de becas; las relaciones con los padres de familia, lo que deberá constar en el Reglamento Interno del centro educativo; y, en segundo lugar: tiene obligación comunicar a los padres de familia toda la información que fuera pertinente y necesaria para su elección como centro de estudio. En tal sentido, la ley exige que debe mostrar al padre de familia, antes de realizada la matrícula, el número, monto y oportunidades de pago de las pensiones, requisitos y cuotas para el ingreso de nuevos alumnos, el plan curricular de cada año de estudios, duración, contenido, metodología y sistema pedagógico, el reglamento interno, etc. La intención es conocer las condiciones de contratación que supone el servicio educativo.
En este régimen contractual inclusive se asumen otras obligaciones, como por ejemplo, que el alumno use determinado uniforme, se contrate un seguro particular contra accidentes, que el padre de familia y el educando participen de actividades extracurriculares, etc. Y tales compromisos se hacen obligatorios para las partes siempre que hayan sido conocidas al momento del contrato.
No habría problema alguno si los centros educativos no le sacaran la vuelta a la norma. Entre otras cosas, si bien la ley exige se exponga el plan curricular, tal exposición no es suficiente para garantizar el servicio ofrecido. En más de un colegio, y algunos de “renombre y prestigio” hay profesores que siendo de especialidad de secundaria se aventuran a dictar clases a los alumnos de primaria sin las capacidades, metodologías y destrezas didácticas para hacerse entender de los más pequeños. Podría indicarse que, la intención de tales decisiones se justifica en la necesidad de la polidocencia y en el afán de ofrecer cursos atendiendo a las especialidades de las áreas. Lamentablemente, en muchos casos sólo responde a la necesidad de completar las horas del profesor y justificar su jornada completa.
Otro tema relevante está referido a las listas de útiles escolares, libros y uniformes. Las listas se hallan impresas en hojas muy coloridas en las que los materiales educativos tiene nombre propio: la marca que se ha encargado de la impresión de la muy costosa lista. Pese a la anotación “la marca indicada es una sugerencia por su calidad”, el hecho es que tal sugerencia dejan de ser eso para convertirse en imperativos que se anidan en la conciencia de los padres y, sobre todo de los menores, que consideran que, si no llevan los útiles de la marca “sugerida” no tienen valor o serán mal visto por el profesor o por los compañeros. De otro lado, los libros hace mucho tiempo dejaron de ser tales, para convertirse en cuadernos impresos de ejercicios, lo que imposibilita que puedan ser utilizados en el año siguiente. ¿Es que acaso no se pueden imprimir libros y junto con ellos los respectivos cuadernos de trabajo? Hace algún tiempo un medio de comunicación hacía denuncia de las comisiones a favor de los profesores que requerían la compra tal o cual libro. ¿las instituciones educativas también participan de dichas comisiones?
Finalmente, los uniformes llevan impresos las insignias de los colegios, lo que obliga a que los padres tengan que comprarlos en el bazar de la propia institución (a precios exorbitantes) o, en otros casos, se le “recomiende” acudan donde determinada modista o sastre para que tome las medidas y elabore las prendas. No diremos nada del hecho de que la tela y el color de la misma no pueda hallarse en cualquier lugar sino en determinados establecimientos (de confianza del promotor de la institución educativa). Es evidente, en consecuencia, que la ley no abarca todo, que algunas instituciones educativas han encontrado nuevas modalidades para atentar contra la economía familiar que, dizque, está protegida por la Ley 27665.
Publicado en diario El Tiempo de Piura, 05 de marzo de 2008.

martes, 8 de enero de 2008

La Iglesia Católica y el derecho a la educación

Laurence Chunga Hidalgo
Abogado
La tarea de garantizar el derecho a la educación de los niños y los jóvenes es propia del Estado; sin embargo la Iglesia Católica, también, asume para sí dicha labor. El mandato de su fundador, “el de anunciar a todos los hombres el misterio de la Salvación e instaurar todas las cosas en Cristo” le exige a la Iglesia participar y contribuir en el desarrollo y en la extensión de la educación. En la declaración del Concilio Vaticano II “Gravissimum educacionis”, se reconoce el derecho universal a la educación y su noción se expresa en los términos siguientes: “todos los hombres, de cualquier raza, condición y edad, por poseer la dignidad de persona de persona, tienen derecho inalienable a una educación que responda al propio fin, al propio carácter, al diferente sexo, y acomodada a la cultura y a las tradiciones patrias y, al mismo tiempo, abierta a las relaciones fraternas con otros pueblos para fomentar en la tierra la unidad verdadera y la paz. Más la verdadera educación se propone la formación de la persona humana en orden a su fin último y al bien de las sociedades, de las que el hombre es miembro y en cuyas responsabilidades participará cuando llegue a ser adulto”.
Palabras más, palabras menos; la noción expuesta expresa el concepto señalado en nuestro primer artículo sobre este tema. Sin embargo, si comparamos el sentido teleológico que se le ofrece al derecho, en este caso, la Iglesia es más generosa. No basta sólo con formar personas para que puedan adscribirse activamente en la sociedad y colaboren en la consecución del bien común previo conocimiento y adhesión a los valores morales, sino que exige que la educación ha de permitir el conocimiento y amor a Dios.
En plano de la fe, y dirigiéndose ya no a todos los hombres, sino a su propia feligresía, señala que, por hallarse comprendidos en la comunidad eclesial “tienen derecho a la educación cristiana”, la que exige, además de lo ya expuesto, el conocimiento de las verdades de la fe, compartirlas con la comunidad eclesial, vivirlas en el mundo según la moral cristiana y asumir una actitud de piedad frente al Creador. La idea es contribuir a la “configuración cristiana del mundo” y para cuya finalidad, se le recuerda a los pastores de almas “la obligación gravísima de disponerlo todo de forma que los fieles disfruten de la educación cristiana”.
La escuela, en consecuencia, se convierte para la Iglesia Católica en un instrumento de evangelización, puesto que ésta, el anuncio y proclamación gozosos de la salvación de Cristo, es la misión que justifica su existencia. En ese marco y bajo ese proyecto trascendente, la Iglesia crea sus propias escuelas y las reconoce como un medio privilegiado para la formación integral del hombre, en cuanto que ella, según expresa el documento “La Escuela Católica” de la Sagrada Congregación para la Educación Católica, “es un centro donde se elabora y trasmite una concepción específica del mundo, del hombre y de la historia”. En ese espacio bajo la tutela del pluralismo cultural y del genérico derecho a la educación, en el que se reconoce como algunos de sus elementos el derecho a la libertad de enseñanza, la libertad de conciencia y el derecho de los padres a elegir el centro educativo de su preferencia, es posible que en cada espacio geográfico y a través del principio de la colaboración que inspira las relaciones con el Estado, la Iglesia contribuya y se haga responsable de la forma como se imparte, cumple y garantiza el derecho a la educación de las personas.
Si bien nuestra legislación reconoce que la educación que ofrece el Estado tiene por objeto “formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento”, la Iglesia asume lo indicado expresando que, la promoción integral de la persona que propone está estrechamente relacionada “con la concepción cristiana de la realidad”, diferencia específica que distingue a la educación que se imparte desde las escuelas propias que la Iglesia impulsa a lo largo y ancho del territorio nacional.
Publicado en diario El Tiempo, Piura, 13 de enero de2008.

Visiones

"¿Crees en las cosas de más allá de esta vida?", preguntó... Y la interrogante se vestía de gravedad. "¿Crees?", repitió...