El pasado 09 de noviembre, gracias al Área de Justicia y Paz de la Diócesis de Chulucanas y con la colaboración de la Escuela de Justicia de Paz e Interculturalidad se realizó un foro de rondas campesinas en la ciudad de Chulucanas, en el que se contó con la presencia del presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura, el presidente de la Junta de Fiscales del Piura, la representante de la Corte Superior de Justicia de Sullana, jueces de las provincias de Morropón, Ayabaca y Huancabamba, Así mismo se congregaron aproximadamente 120 ciudadanos ronderos de los distintos distritos de las serranías piuranas, además de sus respectivos dirigentes. Todos, con el ánimo de escuchar y de ser escuchados.
La justicia en el Perú se administra a través del Poder Judicial, pero se reconoce también la denominada “jurisdicción especial” que se materializa a través de las comunidades campesinas y nativas y/u organizaciones ronderiles. La mayor cantidad de conflictos que se ocurren entre la justicia especial y la ordinaria tiene su origen en el hecho del desconocimiento de las funciones jurisdiccionales de las rondas campesinas dado que la literalidad de la Constitución no la reconocen. Sin embargo, por el Acuerdo Plenario 1-2009, la Corte Suprema reconoció tal posibilidad y, menguaron las denuncias contra dirigentes ronderiles por temas de secuestros, abusos de autoridad, etc. Los jueces, por su parte, se vieron beneficiados porque buena parte de los conflictos que antes eran de su competencia ahora son resueltos por la justicia ronderil. Fundamentalmente: hurto de ganado menor, aves de corral, asuntos de linderos, pago de deudas, problemas de familia, conflictos de vecinos, etc. Pese a los avances, aún quedan asuntos pendientes que resolver. El más importante es el referido a la primacía de los derechos humanos y los procesos constitucionales frente a la justicia ordinaria y la especial.
Los ronderos argumentando la autonomía de su fuero, en más de una oportunidad la anuncian para decir que, no tienen el deber de respetar algunos de los derechos de los acusados (a la defensa, a la integridad física, debido proceso, etc.); los jueces por contraparte, ante tales denuncias procesan a los primeros por afectaciones a los derechos fundamentales de los justiciables. Y allí tenemos un problema: ¿Cómo conciliar la justicia consuetudinaria y los fundamentos del derecho constitucional? ¿Es suficiente argumentar la autonomía ronderil para incumplir la Constitución y apartarse del cumplimiento de las resoluciones dictadas en un proceso constitucional de habeas corpus?
Los problemas de ordinario provienen por el lado de los casos ligados a la comisión de delitos y, se asume que, los presuntos responsables pierden sus derechos si son alcanzados por la sospecha. Se argumenta que, en un sistema o en otro las garantías procesales son menores o mayores y, bajo el argumento del valor de la costumbre, se pretende descuidarlas o exponerlas a afectaciones. Los presuntos delincuentes, por su lado, juegan su mejor partido: conocedores de las debilidades de ambos sistemas judiciales se aprovechan de una y de otra para conseguir la libertad y, si para ello deben denunciar a los jueces o a los dirigentes ronderiles, pues lo harán. El asunto es tener muy claro cuáles son nuestros límites para evitar que esas denuncias sean solo manotazos de ahogado.
El Acuerdo Plenario 1-2009 se ha convertido en la carta de ciudadanía de la justicia ronderil, pero la conviviencia entre ésta y la justicia ordinaria, aún está aprendiendo a caminar. Casi que está en pañales. Lo bueno es que siendo esa su condición, está en estado de crecimiento y de formación, por lo que, la colaboración de unos y otros ha de permitir generar consensos para una justicia –que sin importar quien la imparta- sea inclusiva, accesible y respetuosa de nuestras convenciones constitucionales.
El encuentro de autoridades del Poder Judicial, del Ministerio Público y de las autoridades ronderiles es un paso en la construcción de esos consensos. La contribución de un tercero: la Diócesis de Chulucanas, en particular del Área de Justicia y Paz, asegura la imparcialidad y transparencia del espacio de encuentro. La Escuela de Justicia de Paz e Interculturalidad deberá estar siempre dispuesta a la apertura. De seguro habrán nuevas oportunidades.
Publicado en diario el Tiempo de Piura 11 de noviembre de 2013
Publicado en diario el Tiempo de Piura 11 de noviembre de 2013
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