sábado, 29 de septiembre de 2007

Política y Religión

Laurence Chunga Hidalgo
Abogado
Hace un par de semanas, el presidente García con claro ánimo de confrontación y pretendiendo desvirtuar la finalidad de la religión, preguntaba “¿Qué hace la Iglesia jugando a la política? Luego de tal intervención me preguntaba ¿la vocación religiosa anula las pretensiones políticas? ¿Cómo así que quien ejerce servicio a la persona a través de la Iglesia no podría pronunciarse respecto de la política?
Intentando contestar, viene a mi memoria las palabras de Aristóteles: “el hombre es un animal político” y a la vez aquellas otras que reconocen en el ser humano las ansias de trascendencia. San Agustín decía: “Mi corazón está inquieto y no descansará sino en Ti, Señor”. O mejor, las de Pascal: “En cada corazón hay un vacío que tiene la forma de Dios y que no podemos llenar con nuestros propios esfuerzos.” De ello se deduce que, religión y política no son espacios contrapuestos, coinciden en la humanidad de cada uno. Debemos reconocer que en cada ser humano, confluyen dos situaciones paritarias: cada persona es, a la vez, ciudadano y feligrés, es decir pertenece y se debe a un Estado específico, pero también se relaciona a una institución religiosa determinada.
En consecuencia, queda obligada a dos tipos de leyes. A las llamadas normas civiles emanadas de la organización del Estado (dígase Constitución Política del Perú, códigos, normas reglamentarias, etc.) y, a la vez a las normas religiosas (para los católicos: mandatos evangélicos, código de derecho canónico, catecismo, etc.)
No discutiremos ahora la posibilidad de renunciar a la pertenencia de uno u otro estamento. Sin embargo, para comprender las relaciones institucionales entre Iglesia y Estado debemos remontarnos a los tiempos primigenios de nuestra nación. Con la conquista nos llegó la religión católica, pero la estructura de ésta era la misma que la de la Corona Castellana y, gracias a la institución jurídica del Patronato Regio heredado del virreinato, en los tiempos de la independencia, era frecuente se reconociera que allí donde había un misionero -clérigo, religioso o laico- que hubiera partido desde algún centro administrativo religioso del Perú, allí había una bandera. Es decir, la Iglesia Católica era parte de la administración pública estatal. Las Constituciones Políticas anteriores a la de 1979, reconocen que la religión católica es la religión oficial del Estado, mientras que éste se arrogaba para sí determinadas potestades, como por ejemplo, el nombramiento de los obispos.
El año 1980 fue propicio para deslindar responsabilidades. Con el Acuerdo suscrito entre la Santa Sede y el Estado Peruano, quedan establecidas las obligaciones de cada quien. La primera idea que se señala es el reconocimiento de la independencia y autonomía de una y otra; y a la vez, de su lectura puede extraerse la justificación que la ampara: el mejor servicio de la persona humana.De hecho, la Constitución Política del Perú reconoce en su artículo primero que la protección de la persona humana es el fin supremo del Estado; mientras que la Iglesia Católica reconoce que su finalidad es “la salvación de todos los hombres”. En consecuencia, al amparo de la indicada premisa fundamental, es obligación de la Iglesia denunciar aquellos obstáculos que puedan poner en riesgo el sentido salvífico de su actuación final, que pongan en riesgo a la persona humana y su dignidad. Me vuelvo a preguntar ¿la política es una cuestión de juego?.
Publicado en diario El Tiempo, Piura, 03 de octubre de 2007.

No hay comentarios:

Miedo

Su agenda no tenía espacios... Cada año compraba en el pasaje de la calle Lima, -que está cerca a la sede de justicia- una agenda portafolio...