Laurence Chunga Hidalgo
Abogado
En el arte medieval, muy raras veces encontraremos la representación pictórica de una persona con defectos físicos, verbigracia: ciegos, lisiados, jorobados o feos. En el pensamiento de la época, un defecto físico o mental suponía necesariamente un vicio moral, la expresión de un pecado –personal o familiar- que socialmente era reprochado. Así, los jorobados y los enanos, por ejemplo, eran objeto de burlas y mofa de las gentes comunes, mientras que en la vida cortesana servían para entretener a la nobleza en sus fiestas. Los ciegos no tenían otra opción que no fuera la mendicidad. La literatura se ha encargado de exponer las deficiencias físicas de cada quien y describir las taras morales y psicológicas que conllevan. Es comprensible, en consecuencia, que la sociedad medieval los separase y los considerara gravemente “diferentes” del común de los mortales.
Desde aquellos días en algo ha cambiado la cultura y la mentalidad de las gentes. Desde los tiempos de la Revolución Francesa, las declaraciones y catálogos de derechos humanos han proclamado la igualdad de todos los hombres, que, en las primeras décadas del S. XX, conjugado con el derecho a la educación planteó una pregunta ¿aquellos que son “diferentes” tienen derecho a la educación?. La respuesta parecía evidente, pero en el inconsciente colectivo la desaparición de esas notorias diferencias -físicas y psicológicas- no se lograba con una declaración jurídica. Los minusválidos o incapacitados –como los denomina la Resolución Legislativa del Congreso de la República del 06 de octubre de 1888- adquieren el derecho a la educación, en la modalidad de “educación especial”, la que permitía –de forma velada- mantenerlos separados de las personas “normales”, tal como ocurría en los tiempos medievales. A este efecto, se fundaron centros de acogida, tal es el caso, por ejemplo del “Asilo de Niños Ciegos” o “el Centro de Educación y Rehabilitación de Niños Lisiados y Retardados Mentales”, que funcionaron en la ciudad de Lima desde la décadas del 20 y 60 del siglo pasado.
En nuestros días los conceptos han cambiado: se prefiere el término “personas con discapacidad”. La Ley 28044, Ley General de Educación afirma la inclusión como principio y reconoce la educación básica “especial” distinguiéndola de la llamada “regular”; permitiéndose en aquella la atención a las personas con necesidades educativas especiales para quienes sus características personales no le permitan participar de la educación básica regular. Su intencionalidad es permitir que un día los niños que participan de ella puedan acudir a las aulas regulares y ser atendidos como cualquier otro niño “sin perjuicio de la atención complementaria y personalizada que requieran”. Según la UNESCO la educación inclusiva ha de permitir que los alumnos con discapacidades o sin ellas aprendan juntos en todos los niveles educativos, que sean capaces de desarrollar sus capacidades en el trabajo y en la vida diaria en las mismas instituciones que los demás. No obstante, para ello se requiere infraestructura, nuevos métodos, pero por sobre todo, un cambio de mentalidad de quienes se dedican a la enseñanza, pues les exige estar preparados para enseñar y atender a niños con diferentes aptitudes para el aprendizaje y con necesidades educativas heterogéneas. Las instituciones educativas son las llamadas a favorecer esta transformación a través de la capacitación y formación de sus docentes pero también a través de la apertura de nuevas posibilidades dentro de sus aulas; que permitan que el titulito aquel de “educación personalizada” con el que se hacen propaganda al inicio de cada año, sea efectivamente el “rostro más humano” que le muestran a aquellos que se ponen en sus manos, justamente por “ser diferentes”.
Es probablemente allí, cuando –concientes de ello- dejemos de hablar de “personas con discapacidad en proceso educativo” para anunciar, como dice la Declaración de Salamanca (1994) que cada niño tiene características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje y es capaz de interactuar con “personas con necesidades educativas especiales” en una institución educativa diseñada y programada para atender toda la gama de características y necesidades.
En el Perú, en medio de la Década de la Educación Inclusiva 2003-2012, hoy, 16 de octubre, se celebra el día de la persona con discapacidad o, indistintamente, día de la educación inclusiva. Que sea una gran celebración, pero que también exija el compromiso de quienes elaboran las políticas públicas estatales y de los efectivamente han entendido que la educación es una vocación de servicio.
Desde aquellos días en algo ha cambiado la cultura y la mentalidad de las gentes. Desde los tiempos de la Revolución Francesa, las declaraciones y catálogos de derechos humanos han proclamado la igualdad de todos los hombres, que, en las primeras décadas del S. XX, conjugado con el derecho a la educación planteó una pregunta ¿aquellos que son “diferentes” tienen derecho a la educación?. La respuesta parecía evidente, pero en el inconsciente colectivo la desaparición de esas notorias diferencias -físicas y psicológicas- no se lograba con una declaración jurídica. Los minusválidos o incapacitados –como los denomina la Resolución Legislativa del Congreso de la República del 06 de octubre de 1888- adquieren el derecho a la educación, en la modalidad de “educación especial”, la que permitía –de forma velada- mantenerlos separados de las personas “normales”, tal como ocurría en los tiempos medievales. A este efecto, se fundaron centros de acogida, tal es el caso, por ejemplo del “Asilo de Niños Ciegos” o “el Centro de Educación y Rehabilitación de Niños Lisiados y Retardados Mentales”, que funcionaron en la ciudad de Lima desde la décadas del 20 y 60 del siglo pasado.
En nuestros días los conceptos han cambiado: se prefiere el término “personas con discapacidad”. La Ley 28044, Ley General de Educación afirma la inclusión como principio y reconoce la educación básica “especial” distinguiéndola de la llamada “regular”; permitiéndose en aquella la atención a las personas con necesidades educativas especiales para quienes sus características personales no le permitan participar de la educación básica regular. Su intencionalidad es permitir que un día los niños que participan de ella puedan acudir a las aulas regulares y ser atendidos como cualquier otro niño “sin perjuicio de la atención complementaria y personalizada que requieran”. Según la UNESCO la educación inclusiva ha de permitir que los alumnos con discapacidades o sin ellas aprendan juntos en todos los niveles educativos, que sean capaces de desarrollar sus capacidades en el trabajo y en la vida diaria en las mismas instituciones que los demás. No obstante, para ello se requiere infraestructura, nuevos métodos, pero por sobre todo, un cambio de mentalidad de quienes se dedican a la enseñanza, pues les exige estar preparados para enseñar y atender a niños con diferentes aptitudes para el aprendizaje y con necesidades educativas heterogéneas. Las instituciones educativas son las llamadas a favorecer esta transformación a través de la capacitación y formación de sus docentes pero también a través de la apertura de nuevas posibilidades dentro de sus aulas; que permitan que el titulito aquel de “educación personalizada” con el que se hacen propaganda al inicio de cada año, sea efectivamente el “rostro más humano” que le muestran a aquellos que se ponen en sus manos, justamente por “ser diferentes”.
Es probablemente allí, cuando –concientes de ello- dejemos de hablar de “personas con discapacidad en proceso educativo” para anunciar, como dice la Declaración de Salamanca (1994) que cada niño tiene características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje y es capaz de interactuar con “personas con necesidades educativas especiales” en una institución educativa diseñada y programada para atender toda la gama de características y necesidades.
En el Perú, en medio de la Década de la Educación Inclusiva 2003-2012, hoy, 16 de octubre, se celebra el día de la persona con discapacidad o, indistintamente, día de la educación inclusiva. Que sea una gran celebración, pero que también exija el compromiso de quienes elaboran las políticas públicas estatales y de los efectivamente han entendido que la educación es una vocación de servicio.
Publicado en diario El Tiempo, Piura, 16 de octubre de 2007.
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