lunes, 17 de mayo de 2010

La “preparación” del testigo


Nuestra actuación en la vida diaria se funda en la confianza. No podríamos salir a nuestro trabajo si no confiáramos en que las personas que se quedan en nuestra casa –familiares o no- realizarán bien sus labores; lo mismo que el juez no podría administrar correctamente justicia si tuviera que “revisar y rehacer” el trabajo que realizan los secretarios y asistentes jurisdiccionales. El fiscal, por su lado, sostiene su acusación en la información que le proporcionan sus medios de prueba, entre ellos, en las declaraciones de los que estuvieron en los hechos que se investigan.
El Ministerio Público –o el abogado defensor del imputado, en su oportunidad- debe confiar en lo que comunican sus testigos. Sin embargo, no es lo mismo recabar la información para sí en la comodidad de una oficina privada a que el testigo tenga que ofrecer su declaración frente al juez, ante el abogado de la parte contraria, delante del acusado y frente a una gran audiencia, en especial si ésta se conforma por periodistas y personas que pueden está a favor o en contra de lo que se pueda decir en público. Allí ha de tenerse en cuenta otras consideraciones: la personalidad del testigo, su capacidad para hablar en público, su actitud frente al abogado que le interroga en contra, su disponibilidad para hacer frente al murmullo, su aptitud para hacer frente a la presión mediática, su destreza para enfrentar las preguntas difíciles y taimadas del abogado de la parte contraria, su talante para “carearse” con el imputado o con otros testigos, etc.
La preparación del testigo no supone –como pudiera pensarse- concederle al declarante un pliego de declaraciones amañadas y adulteradas, conducentes a “encubrir” la posición de quien lo ofrece –sea el Ministerio Público o el imputado-. Por el contrario, exige que, permitiéndole al testigo exponer su conocimiento respecto de aquello que efectivamente ha ocurrido –en consecuencia, declaraciones apegadas a la verdad- pueda ofrecer un testimonio claro, preciso, coherente y conducente a establecer criterios de juicio que permitan al juzgador establecer quien de las partes en conflicto tiene la razón. Así, el objeto de la “preparación del testigo” está en directa relación al modo cómo tiene que conducirse en juicio antes que con aquello que efectivamente va a decir. De hecho, si se tratara de una versión amañada, el interrogatorio permitirá advertir las contradicciones tanto de la propia declaración como la de ésta con la de otros testigos, poniendo en evidencia la “compra-venta de testigos” o, como se les conoce en el argot jurídico: “testigos de favor”, los que quedan expuestos a ser denunciados por el delito de perjurio contenido en el art. 409 del Código Penal.
El abogado del Ministerio Público o el abogado defensor del imputado, para los efectos de alcanzar justicia en atención a sus propuestas, no sólo tiene que, previo a la presentación a juicio, saber lo que van a decir sus testigos, sino que, tiene que instruirles de “cómo tienen que decirlo” y “cómo hacer para hacer frente a la parte contraria”, es decir, prepararlo para las posibles preguntas que pueda plantear la parte contraria, simulando –inclusive- su probable actuación, ademanes y gestos al día de la audiencia. De eso se trata.Es evidente que, los abogados con la claridad de lo que pretenden lograr en juicio, tienen la posibilidad de valorar la necesidad de tal o cual testigo. Y ese es otro tema, puesto que, cada parte procesal al proponer a un testigo no sólo lo expone para que pueda ser interrogado por quien lo ofrece, sino por todas la partes procesales; del mismo modo que, el testigo, conociendo de los hechos, tiene obligación de exponerlos con detalle, independientemente de sí tal exposición favorece a quien lo propuso. Si bien puede tener la condición de “testigo de cargo” o “de descargo” -como se explicó en otro articulo-, su actuación en juicio pretende develar la “verdad de los hechos” al amparo del genérico deber ciudadano de colaboración con la justicia. Esa confianza es la que no merece sea defraudada.
Publicado en diario El Tiempo, 18 de mayo de 2010.

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Miedo

Su agenda no tenía espacios... Cada año compraba en el pasaje de la calle Lima, -que está cerca a la sede de justicia- una agenda portafolio...