lunes, 8 de septiembre de 2008

El derecho al acceso a la Justicia y el ciberespacio

Laurence Chunga Hidalgo
Juez penal de Morropón
El derecho al acceso a la justicia, en la doctrina jurídica se define como el derecho de las personas sin distinción de sexo, raza, edad, identidad sexual, ideología política o creencias religiosas a obtener una respuesta satisfactoria a sus necesidades jurídicas. A este efecto, los ciudadanos pueden hacer valer sus derechos y/o resolver sus disputas bajo los auspicios generales del Estado. El acceso a la justicia, en tanto servicio público exige la satisfacción de, cuando menos, tres obligaciones estatales: el deber de ofrecer tutela jurisdiccional efectiva a través del sistema jurisdiccional del Estado, el deber de ofrecer la gratuidad de la justicia y la obligación de garantizar la defensa gratuita para las personas de escasos recursos económicos. Sin embargo, aún cuando lo expuesto apareciera, para los profesionales del derecho, como perogrulladas, al ciudadano común no le sienta tan bien. De hecho, no entiende las formalidades y “modos” en los que se administra la justicia, de allí que, el Poder Judicial sea una de las instituciones estatales que menos confianza le inspira a la colectividad.
Si ante un problema jurídico, se le hace la consulta al servidor público (mesa de partes, asistente judicial, especialista o juez) este responderá, finalmente: “busque un abogado que le asesore”. La misma respuesta vale para aquel que ha sido notificado con una resolución judicial en la que abundan expresiones como “otrosi digo”, “nulidicente”, “ad quo”, “no ha lugar”, “córrase traslado” y otros términos leguleyescos, que no aparecen en el lenguaje cotidiano. Es este, el lenguaje técnico jurídico, una de las principales barreras para que la justicia sea, materialmente, accesible a los ciudadanos.
El año pasado, en los últimos días del mes de septiembre, mediante Resolución Administrativa 184-2007 CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que el servicio de consulta de expedientes a través del portal electrónico (http://www.pj.gob.pe/) se brinde de forma gratuita; servicio mediante el cual, cualquier ciudadano puede ingresar desde la comodidad de su domicilio o desde una cabina pública de Internet al sistema del poder judicial para hacer seguimiento de sus procesos judiciales –a excepción de las causas penales- y conocer resumidamente de las resoluciones judiciales así como las tiempos de las notificaciones. Si la idea es que, los ciudadanos –sin necesidad de acudir a ningún profesional- puedan conocer el estado de sus procesos, es lógico que deba exigirse que el lenguaje que se utiliza sea el más entendible posible. Por el contrario, si el lenguaje es de difícil comprensión, el ciudadano con la impresión de la información ciberespacial, minutos después estará en alguna ventanilla o sala del poder judicial, peticionando cita con “alguien” que le explique su contenido. Entonces, ¿cuánta eficacia reporta el sistema de consulta electrónica? ¿ha logrado disminuir la congestión jurisdiccional?.
El problema advertido -en buena cuenta- no lo genera quien digita las sumillas sino quien redacta y firma la resolución, es decir el juez. Sólo en la medida en que los jueces seamos concientes de que el servicio que se presta es a favor de ciudadanos, legos en derecho, será posible que nos apartemos de términos de arcaicos tecnicismos que nos alejan de los justiciables a quienes nos debemos.
Por lo pronto, es necesario resaltar que, la posibilidad de acceder a la información judicial mediante el sistema electrónico es ya una ventaja que le permite al ciudadano disminuir sus gastos en tiempo y dinero. Mejorar este sistema con el uso del lenguaje coloquial es también una forma de prestar una atención adecuada a los justiciables y, en buena cuenta, favorecer el acceso a la justicia de todos los ciudadanos.
Publicado en diario El Tiempo, miercoles 10 de septiembre de 2008.

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Miedo

Su agenda no tenía espacios... Cada año compraba en el pasaje de la calle Lima, -que está cerca a la sede de justicia- una agenda portafolio...