Laurence Chunga Hidalgo
En los últimos días del mes pasado, la Corte Superior de Justicia de Piura se había convertido en un revoltijo de personas apuradas en su quehaceres, aunque con particular énfasis en la recepción del Presidente del Poder Judicial, Dn. César San Martín Castro quien tenía pendiente una visita con ocasión de la instalación de la Corte Superior de Justicia de Sullana, la cual efectivamente se ha realizado, para alegría de los sullaneros, el pasado 01 de julio. A riesgo de ser tildado "aguafiestas", este nuevo ámbito judicial no será la panacea a los males de la justicia en nuestra región. Nos explicamos:
La Constitución Política del Perú, dice en su texto, que el Estado Peruano promueve la descentralización como forma democrática de organización y de gestión y se convierte a la vez en una “política permanente”. Y pese a que la recomendación es la crear regiones fundadas en la ubicación geográfica de dos o más departamentos integrados por la historia, la cultural y la economía, a la fecha no se ha logrado tener ni una sola región desde dicho fundamento. Las mal llamadas regiones actualmente existentes, se materializan desde la modificación nominativa de las antiguas unidades administrativas “departamento” a las que ahora se le llama, en la práctica, “región”. Cada departamento es una realidad geográfica sobre la que recae un “gobierno regional”, según lo señalado en el art. 190 de la Carta Fundamental.
Los distritos judiciales, en cambio, se organizan, antes que en atención a la afinidad cultural, en mérito a la necesidad de una pronta y efectiva administración de justicia en cuyo caso pesa más las distancias geográficas que cubrir, la ubicación de los centros administrativos o la disponibilidad de vías de acceso para llegar a una u otra provincia o distrito alejados. Y si bien, desde Sullana se puede acceder con más facilidad hacia Ayabaca y Talara, no es menos cierto que la diferencia para hacerlo desde Piura no dista de más de una hora (si es que se efectúa mediante el transporte público e incluyendo el tiempo de espera del bus), que es finalmente la diferencia que supone llegar de la capital del departamento a la capital de La Perla del Chira. En cualquier caso, el proyecto de ley 2164-2007 –que finalmente expone la intencionalidad de su creación- señala que el objetivo es la descentralización y garantizar la accesibilidad al justiciable a un “nuevo órgano de gobierno” que asegure la agilidad de procedimientos y el cumplimiento de los términos de cada proceso. Adicionalmente se agrega la existencia de la donación de un predio en el que se construirá la sede administrativa y jurisdiccional así como la existencia de una partida dineraria para la innovación del mobiliario y la supuesta demora de los trámites ante ODECMA, por la estadía y pasajes que supone el desplazamiento desde Sullana a Piura.
Planteado así el asunto nos preguntamos ¿depende de la existencia de una aparato administrativo que los jueces cumplan con los plazos que la ley establece para cada proceso? ¿Es efectivamente una medida descentralizadora la creación de una nueva corte, ubicada a 45 minutos de la Piura? Es conocido que, los plazos –ahora con mayor notoriedad en los procesos civiles que en los penales- no se cumplen, pero ello no depende de la existencia de un Presidente de Corte, de un juez superior jefe de ODECMA o de un administrador, sino que supone la necesidad de la creación de mayor número de juzgados con asignación suficiente de personal jurisdiccional y administrativo que permita el diligenciamiento de las causas en atención a la adecuada proporción que debe existir entre el número de expedientes en trámite y el número de personal necesario para su tramitación: ¿De qué sirve que el juez expida resoluciones si no tiene notificadores en su despacho o los tienen asignados en número insuficiente para llegar a los distintos rincones de cada provincia? Peor todavía: ¿De que vale un juez si el número de expedientes es tan alto que supera sus propias fuerzas y las horas extras de trabajo?
Como se advierte de la ley de creación, Ley del Presupuesto 2011, Ley 29629, se autoriza contratar personal jurisdiccional y administrativo pero no se dice nada de la creación de nuevos despachos judiciales –plazas de juez- y el mismo defecto puede advertirse en R.A 156-2011-CEPJ-PJ que autoriza, administrativamente, su instalación sin pronunciarse sobre nuevos órganos jurisdiccionales. En realidad, lo único que se ha hecho es imponer una línea divisoria trasversal en la región Piura, que distingue a los Ayabaca, Sullana y Talara frente a los de Piura, Paita, Sechura y Huancabamba. Un asunto que, evidentemente, acentuará los chauvinismos ya existentes en piuranos y sullaneros: cada espacio con su propio Presidente de Corte pero con las mismas limitaciones presupuestarias de cada año y, para el caso de la sierra, por ejemplo, con la imposibilidad de tener el acceso físico al diario oficial El Peruano en tiempo oportuno.
Una efectiva decisión descentralista hubiese sido establecer niveles de carga procesal y en mérito de ella definir las sedes de las distintas salas especializadas. Verbigracia, aseguran los paiteños y talareños que por el número de expedientes laborales que allí se despachan en dichas provincias, en ellas debería funcionar una sala laboral. El asunto es que nadie quiere ir a provincias y, de hecho Sullana era respecto de Piura como el desván o la zona de castigo. Cada inicio de año era, para los jueces superiores, un tiempo de incertidumbre respecto de su estadía en sede Piura o su desplazamiento a Sullana y, lo mismo para los trabajadores: servidor que era puesto a disposición, servidor que “iba a parar” a Sullana. Y ese asunto, evidentemente alimentó entre los miembros de la comunidad jurídica, incluidos los abogados libres, una expresión: “Si está en Sullana, por algo será”. Y los motivos podían ser de variada naturaleza: desde desavenencias con el Presidente de turno hasta acusaciones de mala praxis jurídica y/o ética. El tema es que tales diferencias prontamente se convierten en elementos para la “discriminación” -tal como me reclamaba un amigo en una red social- y, a la vez, es caldo de cultivo para los exagerados patriotismos de sullaneros que se sienten excluidos y de piuranos que poseedores de la torta la reparten (o la repartían) como quieren. Los mismos sentimientos que motivaron la desafiliación de Tumbes de su originario Distrito Judicial de Piura.
Descentralizar supondría poner mayor numero de despachos en las zonas alejadas y, si alguna Sala Especializada decide instalarse en Talara o en Ayabaca, entonces la vocación descentralista que se pretende con esta nueva Corte de Justicia –muy vecina a la nuestra- se habrá materializado en nuestra realidad, tan necesitada de justicia, urgida de autoridades prontas a los ciudadanos, de jueces que se pongan al lado de sus justiciables. No obstante, desde mi muy “apasionada” objetividad, la Región tiene una nueva línea que la divide.
Publicado en suplemento SEMANA de diario El Tiempo en 10 de julio de 2011.
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